martes, 24 de abril de 2018

UN ACERCAMIENTO AL ACOGIMIENTO FAMILIAR. Prác. 10

¡Hello girls and boys! 

Hoy os vengo ha hablar de una asociación de Familias de Acogida en la provincia de Alicante. 

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      GAIA, es el resultado de la unión de un grupo de personas con grandes inquietudes en común y unos objetivo bien fijados, con el fin de defender los derechos fundamentales de los menores tutelados y de las familias educadoras. Además, de configurarse como un lugar de encuentro, de ocio y un agente de difusión familiar. 

          Los objetivos que se pretenden conseguir son:
Acciones y campañas dirigidas a la difusión social del acogimiento familiar.
- Asistencia y participación en ferias, eventos y actos públicos relacionados con la infancia, la familia, los derechos de los menores, etc.
Jornadas formativas para familias educadoras.
Colaboraciones con entidades públicas y privadas en la promoción del acogimiento familiar.
- Acciones de apoyo a las familias educadoras y reivindicación de sus obligaciones y derechos.
Promoción del acogimiento mediante la intercolaboración con otras Asociaciones y Federaciones de carácter local, autonómico o nacional sin ánimo de lucro que persigan los mismos fines.
Formación de colectivos de voluntarios.
- Actividades relativas al fomento de la naturaleza.
- Cualquier otra actividad lícita, que sirva para los fines de la Asociación.

         Como quiero introduciros un poco en el trabajo que desenvuelven este tipo de asociaciones, voy a realizar primero un pequeña explicación y definición de los conceptos mas relevantes que vamos a comentar en esta entrada.
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1. ¿Qué es el acogimiento familiar?
        El acogimiento familiar es una medida de protección mediante la cual se le otorga a una familia o a una persona, un/a menor. La familia o la persona, asume todas las obligaciones señaladas en el artículo 173 del Código Civil. Esta medida se lleva a cabo cuando la permanencia del menor no es posible en la familia de origen. 
'        '…El artículo 173 del Código Civil tiene la siguiente redacción:
1. El acogimiento familiar produce la plena participación del menor en la vida de familia e impone a quien lo recibe las obligaciones de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral. Este acogimiento se podrá ejercer por la persona o personas que sustituyan al núcleo familiar del menor o por responsable del hogar funcional.”

2. ¿Quién puede acoger?
      Todas persona que sea mayor de edad, que presente independientemente de su estado civil y socioeconómico, dispuesta y capaz de educar y querer a un menor necesitado, se le da la oportunidad de acoger al niño/a en su familia y prestarle los cuidados necesarios y adecuados para su correcto desarrollo físico y emocional. 

         No obstante la encargada de promover los procesos de formación y selección de las familias de acogida. es la Conselleria de Igualdad y Políticas. Esta tendrá en cuenta las capacidades que presente para afrontar diferentes implicaciones del acogimiento. 

3. ¿Que hacer para acoger?
       Para prestar los servicios como familia/persona de acogida es necesario seguir los siguientes pasos: 
1º. Presentar una solicitud de acogimiento familiar en la dirección territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas. 
2º. Participar en los cursos de formación de familias y asistir a las entrevistas y reuniones correspondientes.
3º. Obtener la aprobación de aptitud o idoneidad como Familia Educadora por parte de la Conselleria de Igualdad y políticas inclusivas, pasando a formar parte del Registro de Familias de Acogida.

      Entonces, cuando a la familia de origen por cualquier motivo o circunstancia, por falta de conocimiento o por el hecho de no querer cargar con la responsabilidad, no le es posible proveerle de sus necesidades básicas se seguiría un procedimiento muy riguroso. Primeramente se tendría que localizar a su familia extensa y si cabe la posibilidad de que a esta tampoco le sea posible hacerse cargo de él/ella, pasaríamos al siguiente paso, la búsqueda de una familia de acogida que lo pueda acoger durante un periodo tiempo.
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        Se pondrá a la disposición de las familias de acogida toda información necesaria para la adecuada acogida y, siempre se les informa de que ''el niño viene para irse''. Esto suele ser duro para las familias ya que, al convivir durante una temporada se establecen relaciones y vínculos afectivos. No obstante, las familias con conocedoras de que el objetivo del acogimiento es que el niño o niña que se encuentra en dichas situaciones, se desplaza a los hogares de acogida durante con el fin de volver con su familia de origen o biológica.

    Bien, toda esta información (y toda la siguiente) me la facilitaron dos de las componentes de GAIA, algunas compañeros/as tuvimos el honor de escuchar sus palabras. Las dos habían participado en el acogimiento familiar, de hecho, una de ellas seguía siéndolo. Y la verdad que fue todo un descubrimiento conocer la labor que hacen estas familias. A parte de proporcionar un techo, alimento y necesidades básicas, son distribuidoras de amor y cariño. 

       Algunas de las cosas que nos contaron fueron que existen distintas modalidades de acogimiento familiar:
- Acogimiento simple/temporal (máximo 2 años): Se prevé que la situación del niño/a entre 0-2 años se va a arreglar, porque el retorno se realiza más rápido.
- Acogimiento de Urgencia (máximo 6 meses): Se hace para niños de 0 a 6 años, se llama de urgencia porque, por ejemplo de la noche a la mañana una mujer tiene un bebe y se encuentran drogas en su organismo, pues se llama a una familia de urgencia 24 horas y se les otorga al niño.
- Acogimiento Permanente: A partir de los 18 años, si está en una familia de acogida él puede decidir si quedarse con la familia de acogida, si está a favor de la adopción o si quiere volver con su familia biológica o seguir su camino.
- Acogimiento periodo vacacional o fin de semana: Las familias (de acogida) sacan al menor de la institución durante un corto periodo de tiempo (fin de semana, 1 día, 1 tarde), o durante las vacaciones.

      No obstante, en todas ellas la guarda es de carácter provisional ya que no existe posibilidad de adopción. 


       Se puede hacer una pequeña distinción entre adopción y acogimiento, dado que la adopción es el acto en el cual un adulto toma como hijo propio a un hijo ajeno, con el objetivo de establecer una relación paterno-filial con idénticos características jurídicas y emocionales que los que resultan de la procreación.
Por tanto, la primera diferencia que se puede observar respecto a la adopción y el acogimiento, es la patria potestad y la responsabilidad legar del menor. En el acogimiento la responsabilidad legal y la potestad sigue siendo de la familia de origen, ya que solamente se quedará por un tiempo determinado. Mientras que en la adopción, existen plenitud de derechos jurídicos. 
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       Otra de las cosas a las que otorgaron mucha importancia es a las personas que rodean durante esa duración al niño/a. Estos deben de ser sus pilares básicos, en primer lugar se encuentra la familia educadora; después contamos con el técnico de seguimiento; y por último el técnico de instrucción de expediente. Estos son los que acompañaran al niño/a por este recorrido.

      Algunas de las actividades que suelen hacer para que no olvide a la familia de acogida suelen ser:
- La elaboración de un libro de vida, con fotos, dibujos, cartas, recuerdos que le ayudarán a construir esta parte de su vida en el futuro.
- La despedida, se realiza con el fin de que sea una fiesta para todos, ya que su objetivo está cumplido.

      La verdad que fue increíble escuchar todas las anécdotas e historias que nos contaban y es muy bonito presentar el duro trabajo que hacen por contribuir al correcto desarrollo y bienestar a una persona tan inocente, como lo es un niño/a. Me gustaría que compartierais su información y que os animéis a ser partícipes, ademas de plenitud personal estas haciendo mas fácil y feliz la vida de otra persona. 


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Aqui os dejo toda la información de GAIA:

Facebook: Gaia acogimiento.
Twitter: @gaia_acoger.
Teléfono: 652 211 191
Historias contadas y vividas por familias educadoras con acogimiento de urgencia, temporal y permanente.

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